Es la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del Sistema Estatal y su objetivo coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos del Comité Coordinador.

Lo integran 15 ciudadanos de probidad y prestigio que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, rendición de cuentas o combate a la corrupción; 10 son de carácter técnico – dos por cada municipio de la entidad y – cinco honoríficos que no percibirán emolumento alguno.

Sus integrantes no podrán ocupar durante el tiempo de su gestión empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en los gobiernos federal, estatal o municipal, ni cualquier otro empleo que les impida el libre ejercicio de los servicios que prestarán al Comité de Participación Ciudadana y a la Comisión Ejecutiva. Estarán sujetos al régimen de responsabilidades y les serán aplicables las obligaciones de confidencialidad, secrecía, resguardo de información y demás aplicables por el acceso que llegaren a tener a las plataformas digitales de la Secretaría Ejecutiva y demás información de carácter reservado y confidencial.

En la conformación del Comité de Participación Ciudadana se procurará que prevalezca la equidad de género.

Entre sus atribuciones se encuentran:

    – Aprobar sus normas de carácter interno

    – Aprobar el informe anual de las actividades que realice en cumplimiento a su programa anual de trabajo que será público.

    – Participar en la Comisión Ejecutiva.

    – Acceder sin ninguna restricción, por conducto del Secretario Técnico, a la información que genere el Sistema Nacional

    – Opinar y realizar propuestas en la Comisión Ejecutiva sobre la política estatal y las políticas integrales.

    – Proponer al Comité Coordinador proyectos de bases de coordinación interinstitucional e intergubernamental en las materias de fiscalización y control de recursos públicos, de prevención, control y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción, en especial sobre las causas que los generan, proyectos de mejora a los instrumentos, lineamientos y mecanismos para la operación de la Plataforma Digital Estatal, así como a los instrumentos, lineamientos y mecanismos para el suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que generen las instituciones competentes de los diversos órdenes de gobierno y para la operación del sistema electrónico de denuncia y queja.

    – Proponer al Comité Coordinador mecanismos para que la sociedad participe en la prevención y denuncia de faltas administrativas y hechos de corrupción.

    – Establecer una red de Participación Ciudadana con y llevar un registro voluntario de las organizaciones de la sociedad civil que deseen colaborar de manera coordinada con el Comité de Participación Ciudadana.

    – Opinar o proponer indicadores y metodologías para la medición y seguimiento del fenómeno de la corrupción, así como para la evaluación del cumplimiento de los objetivos y metas de la política estatal, las políticas integrales y los programas y acciones que implementen las autoridades que conforman el Sistema Estatal.

    – Proponer mecanismos de articulación entre organizaciones de la sociedad civil, la academia y grupos ciudadanos.

    – Proponer reglas y procedimientos mediante los cuales se recibirán las peticiones, solicitudes y denuncias fundadas y motivadas que la sociedad civil pretenda hacer llegar a la Auditoría Superior del Estado.

    – Opinar sobre el programa anual de trabajo del Comité Coordinador y, en su caso, realizar observaciones a los proyectos de informe anual.

    – Proponer al Comité Coordinador la emisión de recomendaciones vinculantes.

    – Promover la colaboración con instituciones para elaborar investigaciones sobre las políticas públicas para la prevención, detección y combate de hechos de corrupción o faltas administrativas.

    – Dar seguimiento al funcionamiento del Sistema Estatal.

    – Proponer al Comité Coordinador mecanismos para facilitar el funcionamiento de las instancias de contraloría social existentes y recibir directamente información generada por esas instancias.

    – Sus miembros honoríficos se encargarán de proporcionar, impulsar o impartir cursos en materia anticorrupción a los servidores públicos de los diferentes órdenes de gobierno, instituciones de educación media y superior, personas físicas y morales de la entidad para la ponderación de la ética y valores, en los futuros servidores públicos o quienes le presten algún servicio a la función pública.

    – Integrar la Comisión Especial con cuatro miembros honoríficos del Comité de Participación Ciudadana.

    – Solicitar al Comité Coordinador la emisión de exhortos públicos cuando algún hecho de corrupción requiera de aclaración pública con la finalidad de requerir a las autoridades competentes información sobre la atención al asunto de que se trate.

    – El presidente del Comité de Participación Ciudadana será el integrante honorífico de mayor antigüedad, cuyas atribuciones son presidir las sesiones, ser representantes ante el Comité Coordinador, preparar el orden de los temas a tratar y garantizar el seguimiento de los temas.