Formato de Declaración Patrimonial y de Intereses    

Los servidores públicos están obligados por ley a declarar la situación de su patrimonio al inicio de su gestión, de manera anual y al concluir su empleo con la finalidad de documentar el proceso evolutivo de sus propiedades.

En esta declaración, el servidor público informa sobre sus bienes inmuebles, muebles y vehículos; inversiones, participaciones accionarias, valores financieros y cuentas bancarias propios, de su cónyuge y dependientes económicos. También los créditos hipotecarios y otras deudas como los préstamos personales, adquisiciones a plazos y tarjetas de crédito.

La declaración de intereses permite identificar actividades o relaciones que, en su caso, podrían interferir en el ejercicio de las funciones o la toma de decisiones de un servidor público para evitar que se privilegie el interés privado o beneficios personales o familiares.

El servidor público debe informar en la declaración los intereses económicos y financieros, así como actividades profesionales y empresariales propios y de sus familiares en primer grado y dependientes económicos. En el caso de la declaración fiscal implica el cumplimiento que ha tenido como contribuyente en el pago de impuestos.

El Sistema Nacional Anticorrupción es el responsable de diseñar y aprobar los formatos, normas e instructivos de la declaración patrimonial y de intereses, según el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de noviembre del 2018.

Aunque se estableció el 30 de abril como plazo perentorio para la instrumentación de los nuevos formatos, se acordó posponerla hasta el último día de 2019.

En el caso de Baja California, una vez que se implementen los formatos a nivel nacional, corresponderá al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción proponer al Comité Coordinador del SEA, para su aprobación, los formatos de declaración patrimonial y de intereses, incluyendo las normas, manuales e instructivos en medios impresos, magnéticos o electrónicos, así como su interoperabilidad entre las declaraciones del servidor público.