Es el ente responsable de la coordinación y eficacia del Sistema Estatal Anticorrupción, se encarga de establecer las políticas públicas a implementarse obligatoriamente en todos los entes públicos y la Secretaría Ejecutiva funge como su órgano de apoyo técnico.
También tiene la atribución indelegable de nombrar y remover, por mayoría calificada, al Secretario Técnico.
La Secretaria Ejecutiva operará mediante un Órgano de Gobierno, el cual estará a cargo del presidente del Comité de Participación Ciudadana y lo integran los miembros del Comité Coordinador.
Celebrará anualmente por lo menos cuatro sesiones ordinarias y las extraordinarias que se consideren convenientes para desahogar los asuntos de su competencia, cuyos acuerdos, resoluciones y determinaciones se tomarán por mayoría y, en caso de empate, el presidente tendrá voto de calidad.
Podrán participar con voz, pero sin voto aquellas personas que el órgano de gobierno, a través del Secretario Técnico, decida invitar en virtud de su probada experiencia en asuntos que sean de su competencia.